Publicada la nueva Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

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El BOE del pasado día 6 de diciembre de 2018 recoge la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

La nueva normativa se propone como objetivos:

 

Adaptación al Reglamento General de Protección de Datos o RGPD

Hasta hace bien poco, la protección de datos personales en España estaba regulada por la antigua Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y en su reglamento de desarrollo (RLOPD).

Sin embargo, esta normativa ya quedó obsoleta en muchos aspectos cuando el 25 de mayo de 2018 empezó a ser de aplicación el Reglamento General de Protección de Datos, que regula a escala europea cómo debe asegurarse la protección de los datos personales de los ciudadanos de la UE.

El Reglamento General de Protección de Datos permite que cada Estado aporte concreciones a la normativa europea mediante una regulación estatal. En este sentido, en España, se ha aprobado la nueva Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, que adapta y completa dicho Reglamento.

Garantía de los derechos digitales

Además de adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento General de Protección de Datos, la nueva normativa de protección de datos reconoce y garantiza en su Título X una serie de derechos digitales del ciudadano.

Según dicho título, son objeto de regulación los derechos y libertades predicables al entorno de Internet como la neutralidad de la Red y el acceso universal, la protección de menores o los derechos a la seguridad y educación digital, así como los derechos al olvido, a la portabilidad y al testamento digital.

El Título se refiere también al derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral, con el fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo, el respeto del tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de la intimidad personal y familiar.

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